Calculo impuesto sucesiones Aragón

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto estatal cuya gestión y recaudación está cedido a las Comunidades Autónomas de acuerdo con lo previsto en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.

En la Comunidad Autónoma de Aragón, es obligatorio, como sistema único, el de AUTOLIQUIDACIÓN del Impuesto de acuerdo con el artículo 34 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre.

Si está en alguno de los siguientes supuestos, tiene que realizar su trámite en ARAGÓN:

Si hay un fallecido que tenía su residencia habitual en Aragón en el momento del fallecimiento y sus herederos son residentes en España.

Si recibe por donación un bien inmueble situado en Aragón.

Si recibe una donación de cualquier otro bien distinto a un bien inmueble y el donatario tienen su residencia habitual en Aragón.


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